
El presidente Nicolás Maduro anunció este martes, desde el Palacio de Miraflores que estudia junto al Estado Mayor decretar Estado de Conmoción Exterior ante amenaza de EEUU para que «toda la nación, toda la República, toda la institucionalidad, todo hombre y mujer, ciudadano y ciudadana de este país, tenga el respaldo, la protección y la activación de toda la fuerza de la sociedad venezolana, para responder a las amenazas o, si se diera el caso, a cualquier ataque que se hiciera contra de Venezuela», dijo.
Se trata del debate del Decreto por medio del cual se declara el Estado de Conmoción Exterior en todo el Territorio Nacional, que se está estudiando junto a todos los poderes de la nación.
Acotó que, en esa dirección, se han aplicado los pasos consecuentes para adoptar la doctrina de defensa de la nación. “Mientras más agresiones imperiales se vierten sobre Venezuela, más fervor patrio se ve en el pueblo”, dijo.
A través de la mencionada normativa jurídica, se otorga carácter legal a las acciones que ejercerá el Gobierno Bolivariano ante un posible ataque militar de Estados Unidos contra la soberanía venezolana.
El Jefe de Estado manifestó que los Poderes Públicos deberán activarse intensamente, para estar a la altura del momento histórico y de las exigencias abrumadoramente mayoritarias, de acuerdo a encuestas nacionales e internacionales, que señalan que más del 90% de la población venezolana rechaza las amenazas imperiales.
En este sentido, indicó que las y los venezolanos, “están unidos y tienen la razón de luchar por nuestra soberanía”, la cual es amenazada por la administración del presidente norteamericano Donald Trump.
“Venezuela jamás será humillada por ningún imperio,”, resaltó, quien agradeció la presencia de las autoridades mencionadas de los diversos poderes públicos del país para la defensa de nuestra nación.
Basado en la Carta Magna
Lo anunciado por el Presidente está basado en la Constitución venezolana de acuerdo a los artículos 337, 338 y 339 donde se especifica que podrá decretarse el estado de conmoción interior o exterior «en caso de conflicto interno o externo que ponga seriamente en peligro la seguridad de la nación, de sus ciudadanos y ciudadanas o de sus instituciones».
La carta magna señala también que el estado de conmoción «se prolongará hasta por noventa días, siendo prorrogable hasta por noventa días más».
T/Narkys Blanco

