Después de ocho años de batallas legales con la Agencia Tributaria, la Audiencia Nacional le dio la razón a Shakira en la última causa legal que se mantenía abierta, donde sostuvo que «no hubo fraude fiscal y, ahora, deberá devolver 60 millones de euros a la cantante colombiana». El tribunal declaró que no puede considerarse que fuera residente fiscal en España en esas fechas, ya que pasó más de la mitad del año fuera del país y no tenía los vínculos laborales o familiares que recoge la ley.

Todo comenzó en el año 2011, cuando Shakira estaba de gira por todo el mundo, con más de un centenar de conciertos repartidos en 37 países. Pese a no tener casa en España, ni hijos (por entonces), ni tampoco sede empresarial, Hacienda le obligó a pagar por las ganancias de dicha gira sin tener en cuenta sus gastos. En la sentencia, la Audiencia Nacional asegura que la Administración no fue capaz de argumentar la permanencia de la artista durante el tiempo legal exigido para generar obligaciones.

La artista para el entonces reconocía 142 días de permanencia, una cifra lejos de los 183 exigidos por España “Esa permanencia, como la propia Administración determina, no alcanza los 183 días”, reconoció el fallo del tribunal. Por tanto, reconoce, “es obvio que las consiguientes sanciones son contrarias a Derecho”. Del mismo modo, la Audiencia Nacional rechaza las llamadas “ausencias esporádicas”.

Sesenta millones más intereses

La audiencia tampoco acredita que «radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. Bien al contrario, el entramado empresarial que se atribuye a la actora, radica fuera del territorio nacional, así como el desarrollo mayoritario de su actividad económica”, añade la sentencia.

De este modo, Hacienda está obligada ahora a devolver los 60 millones que tenía retenidos de aquella gira y sus gastos, además de los correspondientes intereses y los costos en los que la cantante de Barranquilla incurrió. Adicionalmente, la Audiencia tomó una medida poco habitual, que fue condenar en costas a la Agencia Tributaria, una penalización que únicamente se aplica cuando se aprecia temeridad y falta de fundamento por parte de la Administración tributaria.

En cualquier caso, esta sentencia es susceptible de recurso de casación, que podría presentarse en un plazo máximo de 30 días desde el siguiente a la notificación

Shakira se pronunció

Luego de conocerse la noticia, la cantante colombiana se expresó a través de un comunicado donde escribió “Después de más de ocho años soportando un señalamiento público brutal, campañas orquestadas para destruir mi reputación y noches enteras sin dormir que terminaron afectando a mi salud y al bienestar de mi familia, por fin la Audiencia Nacional ha puesto las cosas en su sitio. Nunca hubo fraude, y la propia Administración nunca pudo demostrar lo contrario, sencillamente, porque no era cierto” manifestó.

T/AS