
Ha pasado más de una semana del ataque de Estados Unidos (EE. UU.) a Venezuela y muchos apenas toman conciencia de lo que pasó. Este suceso sigue posicionándose como noticia principal mundial, aunque han ocurrido otros hechos de importancia como las protestas en Irán, conflicto en Ucrania, el frío que afecta a las familias palestinas refugiadas en Gaza, la denuncia de Gambia contra Myanmar por genocidio… la lista sigue. No obstante, el caso venezolano opaca todo este inicio convulso de año. ¿Por qué?
La razón es simple y se resume en un dicho popular: “cuando veas las barbas de tu vecino arder, pon las tuyas en remojo”. La ilegalidad con la que actuó el Gobierno del presidente Donald Trump para ejecutar su llamada Operación Determinación Absoluta no solamente ha quedado en evidencia, sino que ha inquietado a países cercanos cuyas soberanías también han entrado en el discurso intimidante del inquilino de la Casa Blanca.
México, Colombia, Dinamarca (Groenlandia) y Cuba han encendido sus alertas por las declaraciones del mandatario estadounidense en las que explícitamente muestra el caso Venezuela como un trofeo de lo que podría replicar en otros territorios. En el caso de Irán ha amenazado con la imposición de aranceles a quienes comercialicen con el país persa. ¿Puede el presidente de una nación interferir en asuntos internos de otro país y poner en jaque las soberanías de otros territorios?.

La respuesta es obvia y simple: no existe un “gobierno mundial” con un marco legal que avale la actuación de países poderosos sobre naciones más pequeñas. Durante años, el mundo ha establecido su sistema de relacionamiento a través de acuerdos, convenios, tratados internacionales que “protegen” la autonomía de los pueblos y su autodeterminación para resolver conflictos internos, sin la intermediación de potencias.
Violación de la Carta de las Naciones Unidas
Luego de la Segunda Guerra Mundial, se creó este acuerdo internacional promovido por el Reino Unido, Francia, Unión Soviética, China y el anfitrión de la conferencia EE. UU. El propósito era la prevenir las acciones bélicas de una nación a otra para proteger la integridad de los pueblos y promover la paz, el respeto de los derechos humanos y la cooperación económica dentro del marco de la diplomacia.
De allí que el artículo 2 de esta Carta establece como principio fundamental la igualdad soberana de los Estados. Específicamente, el párrafo cuatro dicta lo siguiente: “los miembros de la organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas”.
El despliegue y ataque directo ejecutado por fuerzas especiales estadounidenses en contra del territorio venezolano es una clara violación de lo establecido en este tratado que tiene una supremacía especial en el ordenamiento jurídico interno de cada nación del mundo, sin ser formalmente parte de su Carta Magna.
De acuerdo con el análisis de los expertos de las Naciones Unidas, la acción del pasado 3 de enero contra Venezuela constituye un acto de agresión, pues además se realizó de forma unilateral, sin el consentimiento de la nación suramericana y sin la autorización previa del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas. Asimismo, el secuestro del presidente Nicolás Maduro y su esposa Cilia Flores ignoró el principio de inmunidad de jurisdicción de los jefes de Estado en funciones, un pilar del derecho internacional que protege la soberanía y la estabilidad de las relaciones diplomáticas entre países.
No es la primera vez que un gobierno estadounidense incurre en esta falta grave que amenaza la soberanía, integridad territorial e independencia de otros países. Con la excusa de protección que posteriormente se diluye en beneficios económicos, Washington tiene un historial de incursiones militares, muchas solapadas bajo la figura de “defensa propia” o “intervenciones humanitarias”.
Los casos más emblemáticos han sido: la invasión de Granada en 1983 para derrocar al gobierno de Maurice Bishop; la intervención en Panamá de 1989 para capturar a Manuel Noriega; los bombardeos de la OTAN sobre Serbia en 1999 por la crisis de Kosovo; la invasión de Irak en 2003 basada en inteligencia defectuosa sobre armas de destrucción masiva y el ataque a Libia en 2011 que excedió el mandato de protección civil de la resolución 1973.

Omisión a la carta de la Organización de Estados Americanos
Este tratado también fue pisado por la bota militar estadounidense el pasado 3 de enero. El mismo se firmó en 1948 para fomentar “la solidaridad hemisférica, la democracia y la resolución pacífica de disputas” y uno de sus principales promotores fue Estados Unidos.
Según el artículo 19 de la Carta de la OEA, ningún Estado o grupo de naciones tiene derecho de, directa o indirectamente, interferir en los asuntos externos o internos de un país. Este principio no solamente se refiere al uso de la fuerza militar y armada, sino también “a cualquier otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen”.
La violación de todo lo anterior ha quedado en evidencia no solamente con la acción armada ejecutada por las fuerzas especiales de EE. UU. en contra de Venezuela, además, las constantes declaraciones intimidatorias del presidente Trump quien amenaza con una segunda oleada de ataques si las autoridades encargadas del país suramericano no siguen los lineamientos de Washington en materia económica es una flagrante transgresión a la ley internacional.
De la misma manera, el artículo 21 de la Carta de la OEA declara la inviolabilidad del territorio de un Estado. Expresa que las naciones “no pueden ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera que fuere el motivo, aun de manera temporal”.
Aún más, este mismo artículo establece que “no se reconocerán las adquisiciones territoriales o las ventajas especiales que se obtengan por la fuerza o por cualquier otro medio de coacción”. Luego del ataque, el presidente Trump fue enfático en aseverar que a partir de ahora Washington dirigirá no solo la industria petrolera venezolana, además manejará los ingresos que esta produzca. Además, declaró que EE. UU. estaba “abierto” a hacer negocios con China y Rusia: “pueden comprarnos todo el petróleo que quieran, allí (en Venezuela) o en Estados Unidos”.
Otras leyes internacionales ignoradas por la Casa Blanca
La incursión militar de EE. UU. en la nación suramericana también violó los artículos 1 y 3 de la Convención de Chicago la cual dicta que “cada Estado tiene soberanía completa y exclusiva sobre el espacio aéreo sobre su territorio”. Washington involucró más de 150 aeronaves militares que ingresaron al espacio aéreo soberano venezolano sin autorización.
Igualmente, el bombardeo a bases como Fuerte Tiuna y La Carlota, así como a la Escuela Naval en La Guaira, antenas de transmisión en Miranda, contraviene la Resolución 3314 de la Asamblea General de la ONU de 1974 que declara que ninguna justificación política o económica legitima el uso de una fuerza armada contra la soberanía, integridad territorial o independencia de un Estado. De allí que esta norma califica estos actos como “crimen contra la paz”.
Por otro lado, y es la parte más dolorosa de todo este conflicto, la agresión de EE. UU. ocasionó la muerte de un centenar de personas, lo que constituye una vulneración al derecho a la vida protegido por el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Juicio forzado
El caso judicial que se pretende seguir al presidente Nicolás Maduro en el Distrito Sur de Nueva York presenta incongruencias legales que transgreden los pilares fundamentales no solamente del derecho internacional, sino también del sistema judicial estadounidense.
En primer lugar, expertos en materia jurídica han denunciado que la incursión del 3 de enero en Venezuela fue una “detención” sin basamentos legales, lo cual se traduce en un secuestro. La misma Constitución de EE. UU. en su Quinta Enmienda establece que cualquier detención debe estar fundamentada en una orden judicial y causa probable, lo cual fue inexistente al momento de la extracción forzosa del mandatario dentro de su propio territorio.
En este sentido, al carecer de una base legal legítima para “la captura” se incurre en la doctrina del “fruto del árbol envenenado”, que señala que cualquier prueba o procedimiento de un acto inicial ilícito carece de validez jurídica para sostener un juicio justo. Acá hubo una invasión armada a un espacio territorial extranjero y un secuestro, así como la violación a diversas leyes y tratados expuestos (y otros que por espacio quedaron fuera) en este artículo.
Asimismo, la acusación de narcoterrorismo que se ha pretendido hacer sobre el jefe de Estado venezolano se ha desmantelado por falta de evidencias e inconsistencias temporales, así lo explicó el periodista y analista estadounidense Max Blumenthal.
El investigador refiere que en la audiencia de presentación de cargos la fiscalía estadounidense tuvo que retractarse de la premisa central que vinculaba a Maduro como jefe del «Cártel de los Soles», admitiendo que dicha organización no existe como una entidad criminal cohesiva. Precisó que los cargos están basados en eventos que, supuestamente, ocurrieron hace más de dos décadas en los que el mandatario no tenía funciones ejecutivas.
Una ironía, mencionó Blumenthal, es que al presidente se le imputan delitos como la posesión de armas en un país que protege explícitamente el derecho a poseerlas.
A todas luces, la agresión contra Venezuela representa un quiebre histórico que sustituye el derecho internacional por la «ley de la selva». Al pisotear la Carta de la ONU y su propia Constitución para ejecutar un secuestro y la apropiación de recursos, EE. UU. no solo vulneró la soberanía venezolana, sino que desmanteló las garantías de seguridad de todas las naciones del mundo.
Si la comunidad internacional acepta que la fuerza bruta prevalezca sobre los tratados, entonces debe esperar que el «secuestro legalizado» de un mandatario y el bombardeo unilateral se convierta en una nueva norma para ejercer el colonialismo imperial, dejando a cualquier país a merced de la voluntad de los más poderosos. “Cuando veas las barbas de tu vecino arder…”.
T/Natchaieving Méndez

