
Un año después de la desaparición y asesinato de cuatro menores ecuatorianos de Guayaquil, en lo que se ha conocido como Caso Las Malvinas, la Fiscalía de dicho país hizo justicia y dictó sentencia contra los uniformados responsables del crimen.
El Tribunal Cuarto de Garantías Penales del Guayas emitió este lunes su decisión, condenando a 16 militares por el delito de desaparición forzada de Josué e Ismael Arroyo, Steven Medina y Nehemías Arboleda, cuatro adolescentes afrodescendientes desaparecidos en diciembre de 2024 en Guayaquil.
Once de los sentenciados recibirán una pena de 34 años y ocho meses de prisión, mientras que cinco cooperadores eficaces cumplirán 30 meses. Un decimoséptimo acusado, el teniente coronel Juan Francisco Iglesia, fue declarado inocente.
La resolución, leída oralmente a las 10:10 del lunes 22 de diciembre por el juez ponente Jovanny Suárez Chávez, determinó que los militares actuaron como una “empresa criminal” al detener a los menores y trasladarlos a una zona rural cerca de la base aérea de Taura, a 37 kilómetros de Guayaquil, en lugar de entregarlos a la Policía. Allí, los abandonaron en condiciones de absoluta vulnerabilidad.
Autopsias posteriores confirmaron impactos de bala en al menos tres de las víctimas, cuyos restos calcinados fueron hallados el 31 de diciembre de 2024.
El tribunal estableció medidas de reparación integral: cada sentenciado deberá pagar 10.000 dólares a las familias; las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa deben realizar un acto público de desagravio en la base de Taura y colocar una placa con los nombres de los cuatro menores; y se ordenó la publicación de disculpas en prensa, radio, televisión y medios digitales, rectificando la falsa narrativa que los presentaba como delincuentes.
“Se hizo justicia por los cuatro niños de Las Malvinas”, declaró Katty Bustos, madre de Josué e Ismael Arroyo. Su esposo, Luis Arroyo, añadió: “Los jueces declararon la inocencia de nuestros hijos, que no eran delincuentes ni terroristas… eran unos niños de bien; de barrio, sí, pero humildes”.
El delito de desaparición forzada está tipificado en el artículo 84 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con penas de 22 a 26 años; en este caso, se aplicaron agravantes que elevaron la condena. Además de la prisión, los sentenciados deben pagar una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados.
El Ministerio de Defensa señaló que colaboró con “absoluta transparencia” durante el proceso. Por su parte, el abogado Abraham Aguirre, del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, indicó que no descartan acudir a instancias internacionales para esclarecer el asesinato de los menores.
T/Telesur

